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Luego de que se reportara el primer caso positivo de coronavirus (COVID-19) en el municipio de Yarumal, la Administración Municipal en cabeza del alcalde Miguel Peláez Henao reunió el Consejo Municipal de Gestión de Riesgos de Desastres donde se analizaron varios puntos para prevenir la propagación del virus COVID-19 y en reunión del Consejo de Gobierno tomaron medidas transitorias en materia de orden público, y de Policía con el objetivo de prevenir situaciones de riesgo que impidan la contención de la propagación del coronavirus (COVID-19)

Entre las medidas tomadas mediante el Decreto N° 064 del junio 9 de 2020 se implementa el toque de queda y la ley seca en toda la jurisdicción del municipio de Yarumal desde el 10 de junio hasta el 30 de junio.

El Decreto 0064 del 09 de junio su artículo primero dice: Toque de queda: “En la jurisdicción del municipio de Yarumal, se prohíbe la circulación de todas las personas entre las 6:00 p.m. y hasta las 5:00 a.m. desde el 10 hasta el 30 de junio de 2020; salvo en las siguientes excepciones:

  • Las urgencias médicas que por fuerza mayor deban enfrentar los ciudadanos.
  • Personal de atención médica que requiera prestar sus servicios, cuando cuenten con previa identificación.
  • Miembros de la Fuerza Pública, Defensa Civil, Cruz Roja, Cuerpo de Bomberos, organismos de socorro, y funcionarios públicos que requieran ejercer su labor en función de la contención del coronavirus.
  • El funcionamiento de los servicios de vigilancia y seguridad privada, los servicios carcelarios y penitenciarios, y en las edificaciones públicas.
  • Los servicios funerarios bajo protocolos de bioseguridad.
  • Las actividades necesarias para garantizar la operación, mantenimiento, almacenamiento, y abastecimiento de la prestación de: I) servicios públicos de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado público, aseo (recolección, transporte, aprovechamiento y disposición final, reciclaje incluyendo los residuos biológicos o sanitarios); (II) de la cadena logística de insumos, abastecimiento y suministro de hidrocarburos. Combustible líquidos, biocombustibles y gas natural; (iii) el servicio de Internet y telefonía.”

Para los restaurantes y comidas rápidas que presten servicios a domicilio, podrán ejercer su labor hasta las nueve de la noche (9:00 p.m.) de cada uno de esos días.

En su artículo segundo se prohíbe el consumo de bebidas embriagantes en establecimientos abiertos al público y en espacio público; y reuniones o aglomeraciones públicas y privadas a partir de las 6:00 pm del día miércoles diez (10) de junio de 2020 y hasta las 6:00 a.m. del día jueves dos (02) de julio de 2020, inclusive.

Los horarios de funcionamiento de los locales de comercio a partir del diez (10) de junio de 2020 y hasta el 30 de junio de 2020, solo podrán abrir sus establecimientos de comercio hasta las cinco de la tarde (5:00 p.m.).

Se exceptúan de esta restricción, el comercio de los corregimientos del municipio, quienes podrán abrir sus establecimientos de comercio hasta las seis de la tarde (6:00 p.m.)

Igualmente se autoriza la actividad física y de ejercicio al aire libre de las personas que se encuentre en el rango de edad de 18 a 69 años por un periodo máximo de dos (2) horas diarias; en el rango de 6 hasta los 18 años una hora (1) diaria; en el de 2 hasta los 5 años media hora diaria; en el de 70 o más años media hora diaria. Esta medida aplica entre el 10 de junio y el 1 de julio en horario de 5:00 a.m. a 8:00 a.m. y, observando en todos los casos, el pico-cedula definido para cada día, atendiendo las normas de bioseguridad.

Se habilitaron las siguientes rutas para realizar la actividad física:

  • Desde la Virgen de las Misericordias hasta el monumento del padre Marianito.
  • Desde la iglesia de El Carmen, por la carrera 23 hasta la Estación, siguiendo la carrera 19 hasta la esquina de Wilson (calle 22), y viceversa.
  • Desde la Virgen de las Misericordias hasta la “S” (Partidas de Angostura-Campamento) y de allí hasta el punto de origen.
  • Desde la Virgen de las Misericordias siguiendo hacia el sector de Rancho de Chona, pasando por El Asilo, La Cruz y la Marconi. 

El pico y cédula que está habilitado en el Municipio de Yarumal y cual se extenderá hasta el 30 de junio y que rige por el último digito de la cedula es el siguiente:

Lunes: 1-2-3, martes: 4-5-6, miércoles: 7-8-9, jueves: 0-1-2, viernes: 3-4-5, sábados: 6-7-8, domingos 9-0

Quedan prohibidas las siguientes actividades:

Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas.

Los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, de baile, ocio y entretenimiento y de juegos de azar y apuestas tales como casinos, bingos y terminales de juego de video.

Los establecimientos y locales gastronómicos permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para llevar.

Gimnasios, piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, polideportivos, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles.

Cines y teatros.

La práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto.

Servicios religiosos que impliquen aglomeraciones o reuniones.