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Presentación

¿QUÉ SON LAS COMISARÍAS DE FAMILIA?

Las Comisarías de Familia son el primer lugar para que usted y su familia accedan a la justicia Familiar, en buscar de garantías y restablecimiento de sus derechos conculcados en contexto de violencia intrafamiliar, mediante el trámite de acciones preventivas, policivas, de protección de niños y niñas, de protección contra la Violencia y de conciliación extrajudicial de los principales conflictos familiares.

Las Comisarías de Familia son espacios de reflexión, orientación y conciliación donde los derechos de los miembros de la familia son reconocidos por todos, con miras a lograr una convivencia armónica y pacífica entre ellos, lo que constituye base importante en la tarea del estado para fortalecer la familia, como medio generador de verdaderos cambios sociales. Es así como se trata de recaudar al usuario para que él mismo asuma sus responsabilidades y participe activamente en la solución de sus problemas, lo cual permite crear una conciencia ciudadana, proyectándose hacia la comunidad y logrando un mejor manejo de las relaciones familiares y presentar alternativas diferentes a la violencia.

¿QUÉ HACE LA COMISARÍA DE FAMILIA?

Las Comisarias de Familia son las encargadas de atender todos los casos que se presenten relacionadas con violencia intrafamiliar; tramitar asuntos de familia susceptibles de conciliación; Orientar jurídicamente sobre los derechos y deberes de los miembros de la familia; Facilitar la solución de los conflictos familiares; Brindar atención a los menores que se encuentren en situación irregular; Reeducar para la convivencia ciudadana; y, Prevención de la violencia intrafamiliar. Las Comisarias de Familia promueven la cultura de la solución pacifica de conflicto, la prevención e identificación de situaciones violentas al interior de la familia y la denuncia de la violencia intrafamiliar y el abuso sexual; para reducir estas conductas que atentan contra los derechos humanos.

Conocen de las conciliaciones extrajudiciales (custodia, visitas, alimentos, constitución de uniones maternales de hecho, etc.) Los casos de violencia intrafamiliar, sanciones policivas establecidas en el código del menor (Decreto 2737 de 1989, arts. 320 a 325), restablecimiento de niños, niñas y adolescentes en contexto de violencia intrafamiliar, prevención de violencia intrafamiliar y delitos sexuales, atención y orientación de todos los miembros del grupo familiar en problemáticas de familia y atención psicosocial.

¿QUÉ ES LA CONCILIACIÓN?

La conciliación es un mecanismo de resolución pacífica de los conflictos a través del cual dos o más personas buscan ayuda y asesoría de un tercero neutral, denominado Conciliador, para solucionar conflictos al interior de la familia a través de la escucha, el diálogo, la expresión y manejo de sentimientos y formulación de propuestas que beneficien a las partes. Los acuerdos logrados tienen efecto de cosa juzgada y prestan mérito ejecutivo.

¿QUÉ SE PUEDE CONCILIAR?

  • Asuntos relacionados con las obligaciones alimentarías.
  • Controversias sobre la custodia y el régimen de visitas sobre menores e incapaces.
  • Declaración de la unión marital de hecho, disolución y liquidación de la sociedad patrimonial.
  • Separación de bienes y de cuerpos de matrimonio civil canónico.
  • Liquidación de la sociedad conyugal por causa distinta a la muerte de los cónyuges.
  • Conflictos sobre capitulaciones matrimoniales.
  • Suspensión de la vida común de conyugues.
  • Controversias entre cónyuges sobre la dirección conjunta del hogar.

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

De acuerdo con la Ley 294 de 1996, reformada por la ley 575 de 2000, la violencia intrafamiliar es todo comportamiento agresivo o maltrato cometido por un miembro del hogar contra otro de la misma institución, sin diferencia de edad, sexo, raza, posición social, estado anímico, lo que involucra que esa conducta cause en la victima daño corporal o emocional, dirigida de manera dolosa a causar daño.

La violencia puede ser física, psicológica (verbal, afectiva, emocional, rechazo, presión, terrorismo, corrupción, económica, etc.) y sexual (Actos sexuales abusivos con menor de 14 años, acceso carnal violento, acceso carnal abusivo, etc.)

¿QUÉ DEBO HACER SI SOY VICTIMA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR?

Toda víctima de violencia intrafamiliar puede pedir al Comisario de Familia una medida de protección que ponga fin a los actos de violencia. Esta petición debe ser formulada dentro de los 30 días siguientes al acaecimiento del hecho. El Comisario ordenará al agresor abstenerse de realizar la conducta u otro acto de violencia en contra de las personas del grupo familiar, además de otras medidas que crea convenientes.

DOCUMENTOS REQUERIDOS EN CASOS DONDE INTERVENGAN MENORES DE EDAD

 

  • Fotocopia documentos de identidad
  • Registro civil (niño-niña).
  • Carnet de Vacunas.
  • Carnet de salud.
  • Certificado de estudio.
  • Crecimiento y desarrollo.
  • Joven sano.
 

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