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 secretario planeacion

Nombre

 Ana Lucía Pérez

Cargo

Secretario General y de Gobierno

Profesión

Abogada, especialista en gerencia de la seguridad social y magister en seguridad social

 

 

PROPÓSITO PRINCIPAL

Brindar apoyo legal y administrativo al señor Alcalde, con el objeto de lograr los objetivos y metas trazadas por la Administración Municipal y en cumplimiento a las funciones fijadas a su dependencia.

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

  1. Determinar las políticas a ser adoptadas por la Administración Municipal, tendientes a la conservación y restablecimiento del orden público, para garantizar la convivencia pacífica y elevar la calidad de vida de la comunidad y las relacionadas con los servicios de apoyo.
  2. Promover la conciliación y concertación en la solución de conflictos que lleve a quebrantar el orden público y la paz ciudadana, buscando el fortalecimiento de la autoridad civil.
  3. Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de los planes, programas y proyectos, encaminados al apoyo logístico, a la administración del personal para asegurar una eficiente prestación de los servicios.
  4. Ejecutar los planes, programas y proyectos en materia jurídica, trazados por la Secretaría, para el logro de los objetivos y metas propuestas.
  5. Emitir conceptos y resolver consultas jurídicas que se requieran en la Administración Municipal, para que los actos administrativos o decisiones a tomar, estén enmarcados de conformidad con la Constitución y la Ley.
  6. Presentar a la Alcaldía planes, programas y proyectos, en concordancia con el plan programático para la elaboración del plan de desarrollo y plan de acción de la dependencia.
  7. Gestionar ante las diferentes dependencias de la entidad o con organismos del orden municipal, departamental, subregional, nacional e internacional, la obtención de recursos económicos, técnicos, y humanos, a fin de asegurar el oportuno cumplimiento de los planes, programas y proyectos en materia jurídica y demás servicios a cargo de la Secretaría.
  8. Rendir los informes que le sean solicitados, además de los que normalmente deben presentarse acerca de la gestión del trabajo en la dependencia a cargo.
  9. Proponer e implantar los procedimientos e instrumentos necesarios para mejorar la prestación del servicio dentro de la Administración Municipal y responder por el efectivo cumplimiento y el correcto manejo de los recursos humanos, físicos y tecnológicos, propiedad de la entidad.
  10. Velar por el recibo, trámite y solución de las quejas y reclamos que los ciudadanos formulen, y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la Administración Municipal.
  11. Adelantar campañas educativas en coordinación con las demás dependencias del Municipio y entidades del orden municipal, departamental y nacional, tendientes a lograr los objetivos de bienestar comunitario.
  12. Velar por que los procesos y demás diligencias de carácter administrativo, civil, laboral y de cualquier otra índole en que sea parte o tenga interés el municipio, se lleven oportunamente.
  13. Responder por el manejo de la información requerida por el Sistema Único de Información de Personal, del Departamento Administrativo de la Función Pública, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la ley 190 de 1995, la Ley 909 de 2004 y Decretos Reglamentarios.
  14. Tomar decisiones referentes a situaciones administrativas y novedades del personal.
  15. Preparar proyectos de escalas de remuneración, plantas de personal y sus modificaciones, manuales de funciones y requisitos, procedimientos y formularios.
  16. Revisar los documentos que soportan las actuaciones administrativas del personal.
  17. Verificar el cumplimiento de los requisitos, calidades y habilidades para la posesión de los empleados.
  18. Preparar instructivos y procedimientos de carrera administrativa, así como la participación activa en el proceso de las convocatorias, el reclutamiento, las pruebas de selección, mantener actualizadas las listas de elegibles, y en general apoyar todos los procesos que se realicen al respecto.
  19. Velar por la oportuna y correcta calificación del personal. Orientar a los calificadores sobre las normas y técnicas, suministrar los formularios y demás material, llevar el registro de las evaluaciones, efectuar los cómputos anuales, comunicar los resultados.
  20. Comunicar a los empleados de carrera a quienes se les suprima su empleo tal decisión, e informarlos de los derechos y opciones que les asisten.
  21. Remitir a la Comisión Seccional del Servicio Civil los formularios de solicitud de inscripción a la carrera administrativa, en estricto orden de presentación y de acuerdo a la normatividad existente.
  22. Atender las solicitudes y consultas pertinentes de los empleados y darles el trámite que corresponda.
  23. Preparar información con destino al nivel directivo, la Comisión Nacional del Servicio Civil, el Departamento Administrativo de la Función Pública, la Procuraduría y demás entidades y personas que con arreglo a la ley lo requieran.
  24. Organizar y realizar en coordinación con el jefe inmediato programas de inducción y reinducción al servicio, programas de capacitación, programas de bienestar social y de estímulos al personal.
  25. Tramitar la afiliación de los empleados a los servicios médicos y de compensación familiar, y velar por su cumplida prestación.
  26. Registrar y controlar las novedades del personal y expedir constancias y certificaciones.
  27. Mantener actualizada la normatividad aplicable a la administración del personal y divulgarla en el Municipio.
  28. Actuar con diligencia en el suministro de información para proteger los justos intereses del Municipio frente a demandas atinentes a la administración de personal.
  29. Participar en la preparación de nóminas de sueldos, salarios y prestaciones sociales a cargo del Municipio, y reportar oportunamente las novedades.
  30. Verificar la veracidad del contenido de las declaraciones e informes, mediante el sistema de muestreo o selección al azar, por lo menos una vez semestralmente.
  31. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por el Alcalde, las que reciba por delegación y aquellas inherentes a las que desarrolla la Secretaría.

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