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Desde la Dirección de Bienestar Social se invita a la comunidad Yarumaleña a una reunión en la Casa de la Cultura el 15 de febrero  a las 3 de la tarde, con el fin de dar a conocer quiénes conforman el Comité de Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios.

Los usuarios de los servicios públicos domiciliarios tienen en los Comités de Control Social, el mecanismo de vigilancia y control de la gestión de las empresas prestadoras del servicio. En el Municipio de Yarumal están: EPM Y SOCIEDAD AGUAS DEL NORTE ANTIOQUEÑO.

Es un conjunto de personas elegidas por una asamblea constitutiva para garantizar la participación de los usuarios en la gestión y fiscalización de las empresas de servicios públicos.

COMITÉ DE CONTROL SOCIAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE YARUMAL:

  • VOCAL DE CONTROL: Carlos Iván Buitrago Cuartas
  • FISCAL: José María Rojas Rojas
  • TESORERO: Arbey Elorza Jiménez
  • SECRETARIO: Henry de Jesús Torres Cardona
  • VEEDOR: Oscar Danilo Londoño Rivillas

¿Cuáles son las funciones de los Comités de  Control Social? Elegir al Vocal de Control, elegir la Junta Directiva, expedir el reglamento para el funcionamiento de la Junta Directiva.

Dictar su propio reglamento que como mínimo deberá contener los siguientes aspectos: determinación del servicio objeto de fiscalización, mecanismos para acreditar la calidad de sus miembros, derechos, deberes y prohibiciones de sus miembros, estructura y funciones de la junta directiva, clases de reuniones y el mecanismo para su convocatoria, procedimientos para modificar el reglamento, periodo de elección y causales de remoción del Vocal de Control y causales de disolución del Comité

De acuerdo a las causales que establezca su reglamento, remover al Vocal de Control

Reglamentar la destinación de los fondos que sean adjudicados al Comité.

Establecer las formas en que el Comité deba conseguir los recursos destinados al cubrimiento de los gastos de funcionamiento.

Proponer a la empresa prestadora del servicio objeto de su fiscalización, los planes y programas que consideren necesarios para resolver las deficiencias en la prestación del servicio.

Procurar que la comunidad aporte los recursos necesarios para la expansión y el mejoramiento del servicio, en concertación con la empresa prestadora y los municipios.

Solicitar la modificación o reforma de las decisiones que se adopten en materia de estratificación.

Estudiar y analizar el monto de los subsidios que debe conceder el municipio con sus recursos presupuestales a los usuarios de bajos recursos.

Solicitar al personero municipal la imposición de multas a la empresa prestadora del servicio objeto de su fiscalización por las infracciones a la Ley 142 o a las normas especiales a las que esté sujeta cuando de ella se deriven perjuicios para los usuarios.

Colaborar con la empresa prestadora del servicio, el Gobierno Nacional entre otras entidades, con la realización de programas y campañas de uso eficiente del servicio.

Velar porque los mecanismos creados para una adecuada información a los usuarios sobre las actividades y funcionamiento de la empresa prestadora del servicio, así como de los derechos y deberes que tienen, sean efectivos.

Recibir y evaluar el informe trimestral que de su gestión, presente el Vocal de Control.

Rendir un informe anual a la Asamblea de Usuarios.