¿Qué es?
"El control social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados"
MODALIDADES DE CONTROL SOCIAL QUE OFRECE LA ENTIDAD
Artículo 63 de la Ley 1757 de 2015
Modalidades de Control Social. Se puede desarrollar el control social a través de veedurías ciudadanas, las Juntas de vigilancia, Los Comites de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios, las auditorias ciudadanas y las instancias de participación ciudadana, en los términos de las leyes que las regulan y a través del ejerciico de los derechos constitucionales dirigidos a ahacer control a la gestión pública y sus resultasos. En materia de servicios públicos, el control socal se sujetará a las normas especiales contenidas en e Ley 142 de 1994.
LA VEEDURÍA CIUDADANA
Es la modalidad de control social más reconocidad y es la únca que cuenta co un marco normativo amplio y detallado. La ley 850 de 2003 y la Ley 1757. (artículo 68-72) son las leyes principales que regulan las veedurías ciudadanas en Colombia.
COMITES DE DESARROLLO Y CONTROL SOCIAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICIALIARIOS
Estos comités vigilan la prestación de los servicios públicos domiciliarios, eligiendo a vocales de control para su participación en las juntas directivas de las empresas públicas de servicios públicos domiciliarios. Su reglamentación se encuentra en la Ley 142 de 1994, que los define como un mecanismo de participación ciudadana con el que se contribuye a una mayor eficiencia y eficacia en las empresas prestadoras y para ampliar su cobertura y mejorar su calidad en cumplimiento de la finalidad social del Estado.
LAS AUDITORIAS CIUDADANAS
Son una modalidad de control social que tiene la finalidad de vigilar y hacer seguimiento a los proyetos de inverción financiados con regalias.
LAS JUNTAS DE VIGILANCIA
Las Juntas de vigilancia son instancias de control social que vigilan la gestión y prestación de los servicios públicos cuya administración no es prestada por entidades descentralizadas. Las Juntas de vigilancia pueden informar sobre sus hallazgos y las anomalías a la Personería y a la Contraloría. Asímismo, todas las cooperativas tienen Jntas de Vigilancia, que estan conformadas por asociados elegidos para el cargo y se ocupan del control y la fiscalización de las actividades económicas y sociales de la entidad.
____________________________________________________________________________________________________
El control social es el derecho y un deber que tienen todas y todos los ciudadanos, individual o colectivamente, a vigilar y fiscalizar la gestión pública con el fin de acompañar el cumplimiento de los fines del Estado, promover y alcanzar la realización de los derechos y buscar la consolidación de la democracia y la gobernabilidad, teniendo clara la importancia de brindar mecanismos que permitan a los ciudadanos ser participes de la toma de decisiones para bienestar de sus comunidades, y permitiéndoles de esta forma empoderarse de los temas de estado.
La Dirección ofrece talleres en control social, socialización de la Ley 850 de 2003, conformación de veedurías ciudadanas, ejercicios frente al uso de los mecanismos jurídicos para ejercer control social, la importancia del control social en la Ley 1757 de 2015 de participación ciudadana, fortalecimiento de las organizaciones sociales que lleven a cabo el ejercicio del control social, al igual que el apoyo y acompañamiento a entidades públicas que estén interesadas en capacitarse y apoyarse frente a este tema.
Por otra parte, el Ministerio del Interior ejerce los roles de coordinación y secretaría técnica de la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas (art. 22 de la Ley 850 de 2003), en donde se ofrece apoyo legal y la promoción de la vigilancia.
Las diferentes modalidades de acuerdo al art 63 de la Ley 1757 de 2015 de hacer control social son:
Veedurías ciudadanas (Ley 850 de 2003)
Juntas de vigilancia (Ley 454 de 1988)
Comités de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios (Ley 142 de 1994)
Auditorías Ciudadanas
Otras instancias de participación ciudadana
El control social busca a través de la vigilancia de la gestión pública, velar por la correcta inversión de los recursos públicos y garantizar la correcta gestión del servicio a la comunidad a través de la participación activa de los ciudadanos a lo largo del territorio nacional.
Mediante la conformación de veedurías ciudadanas y Redes Departamentales de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas, este año, el Ministerio del Interior a través de su Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal, está consolidando, promoviendo y fomentando la participación por medio de jornadas de capacitación, prestando asistencia técnica a servidores públicos, comunidad en general, organizaciones de mujeres, jóvenes, campesinos, adultos mayores, personas con discapacidad, veedurías y redes de veedurías que buscan con su ejercicio y ejemplo fomentar la participación ciudadana en sus territorios.
El Control social es la piedra angular de la participación ciudadana, y a través de este, se busca que la comunicación entre la ciudadanía y las instituciones sea constante y activa permitiendo así que el control social sea visto como el proceso fundamental de acompañamiento, garantía y transparencia en la lucha contra la corrupción. De igual forma, busca conseguir que las instituciones vean a los veedores como aliados directos en el cumplimiento de los objetivos de un Estado social de derecho igualitario y participativo.